Al contraer matrimonio se deben tomar una serie de decisiones, entre ellas, se encuentra la determinación del régimen económico que va a regir a ambos cónyuges. Es una cuestión muy importante y para la cual es conveniente estar debidamente informado. En algunos casos puede ser conveniente buscar asesoramiento profesional previo.
No obstante, a continuación queremos explicar cuáles son los dos régimen básicos que la ley permite: se trata del régien de gananciales y de la separación de bienes.
Régimen de gananciales
Se trata de un sistema que permite a los dos cónyuges compartir por igual los bienes o ganancias obtenidos durante el matrimonio.
Aclaramos, nos obstante, que este sistema diferencia dos tipos de bienes: los gananciales propiamente dichos y los privativos de cada cónyuge.
Bienes privativos
Aparecen regulados en el artículo 1346 del Código Civil. Entre otros, son bienes privativos los siguientes:
-Los bienes y derechos que pertenecieran a uno de los cónyuges con anterioridad al matrimonio; -Los adquiridos después a título gratuito, bien por medio de herencias, donaciones, etc.; -Las ropas y objetos de uso personal que no sean de extraordinario valor. -Etcétera
Bienes gananciales.
Se regulan en el artículo 1347. Se trata de aquellos bienes no clasificados dentro de la categoría anterior, como por ejemplo:
-Los obtenidos por el trabajo o industria de cualquiera de los cónyuges; -Los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales. -Y otros.
Separación de Bienes
Al contrario que en el anterior caso, en la separación de bienes no van a existir bienes gananciales, ya que ambos pertenecerán a uno u otro miembro de la pareja. No existe una masa común de bienes como tal.
En caso de divorcio estos bienes se aisgnarán a su respectivo titular. El Código explica, en su artículo 1441, que cuando no sea posible acreditar a cuál de los cónyuges pertenece algún bien o derecho, corresponderá a ambos por mitad.
Si necesita más información no dude en ponerse en contacto con nosotros. Nuestro Despacho en Castellón está especializado en Derecho de Familia y le puede ayudar en todo tipo de cuestiones que nos plantee en este ámbito.