Abogados para Parejas de Hecho en Castellón

Abogados para parejas de hecho en Castellón

Cada vez más parejas deciden mantener una convivencia estable sin contraer matrimonio y, al mismo tiempo, quieren formalizar jurídicamente su relación. Constituirse como pareja de hecho en Castellón puede producir efectos relevantes en ámbitos administrativos, laborales, fiscales o relacionados con determinadas prestaciones, pero no convierte automáticamente la relación en equivalente al matrimonio para todos los efectos legales.

En nuestro despacho de abogados de familia en Castellón podemos asesorarle tanto si quiere formalizar su unión como si necesita conocer las consecuencias de una ruptura, regular la situación de los hijos, resolver cuestiones relacionadas con una vivienda común o tramitar la cancelación de una unión ya inscrita.

Antes de constituirse como pareja de hecho conviene conocer qué derechos puede generar realmente la inscripción y, especialmente, qué diferencias continúan existiendo respecto del matrimonio. Del mismo modo, antes de poner fin a la convivencia es aconsejable revisar si existen hijos, propiedades, préstamos, cuentas conjuntas o acuerdos económicos que deban regularse.

¿Qué es una pareja de hecho?

Una pareja de hecho está formada por dos personas que mantienen una relación estable de afectividad análoga a la conyugal sin haber contraído matrimonio.

En la Comunitat Valenciana existe un Registro de Uniones de Hecho Formalizadas. La inscripción tiene carácter constitutivo, lo que significa que resulta fundamental para adquirir la condición de unión de hecho formalizada a los efectos de la normativa valenciana aplicable.

La existencia de convivencia sentimental durante muchos años no debe confundirse automáticamente con estar inscrito como pareja de hecho. La convivencia puede tener consecuencias jurídicas en determinados ámbitos, pero la inscripción formal puede resultar necesaria para acceder a determinados efectos o acreditarlos.

Requisitos para hacerse pareja de hecho en Castellón

La Generalitat Valenciana establece una serie de requisitos para inscribir una unión de hecho formalizada.

  • Ser mayores de edad o menores emancipados.
  • Convivir en una relación de afectividad análoga a la conyugal en territorio de la Comunitat Valenciana.
  • Manifestar la voluntad de formalizar la unión mediante su inscripción.
  • No tener parentesco entre sí hasta el segundo grado.
  • No estar ligados por matrimonio, salvo los supuestos de separación legal admitidos por la normativa.
  • No tener constituida otra pareja o unión de hecho inscrita en un registro de características análogas.
  • Cumplir los restantes requisitos administrativos establecidos para la inscripción.

La convivencia en la Comunitat Valenciana se acredita actualmente mediante certificación de empadronamiento de ambos integrantes en un mismo domicilio en el momento de presentar la solicitud.

¿Cómo registrar una pareja de hecho en Castellón?

La inscripción se solicita ante el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana.

La unión puede formalizarse mediante la declaración de voluntad de ambos integrantes ante el personal encargado del Registro o mediante otro documento público, por ejemplo notarial, que posteriormente sea inscrito en dicho Registro.

Por tanto, no debe afirmarse que simplemente acudir a una notaría convierte inmediatamente a la pareja en una unión de hecho formalizada a todos los efectos de la normativa valenciana. La inscripción registral tiene carácter constitutivo.

Presentada la solicitud y la documentación correspondiente, existe además un trámite de comparecencia personal y conjunta ante el Registro cuando proceda conforme al procedimiento establecido.

¿Qué documentación se necesita?

La documentación dependerá de la situación de cada persona. Actualmente la Generalitat solicita, entre otros documentos, la correspondiente solicitud, documentación identificativa y acreditación de la convivencia en un mismo domicilio de la Comunitat Valenciana.

Cuando alguno de los integrantes es extranjero, anteriormente estuvo casado o concurre alguna circunstancia particular, puede ser necesario aportar documentación adicional relacionada con identidad, estado civil o situación personal.

Antes de presentar la solicitud es recomendable comprobar la documentación vigente para evitar requerimientos de subsanación que puedan retrasar la inscripción.

¿Cuánto tarda en registrarse una pareja de hecho?

No existe un plazo garantizado de dos o tres semanas. El procedimiento oficial establece actualmente un plazo de resolución de hasta tres meses desde la recepción de la solicitud por el registro correspondiente, sin perjuicio de las posibles suspensiones del plazo previstas legalmente.

Si la documentación presenta defectos, la Administración puede requerir su subsanación, lo que puede prolongar la tramitación.

Diferencias entre pareja de hecho y matrimonio

Pareja de hecho y matrimonio no son jurídicamente idénticos. Aunque existen ámbitos en los que reciben tratamientos similares, permanecen diferencias importantes en cuestiones sucesorias, económicas, fiscales y en la forma de extinguir la relación.

Una de las principales diferencias es que la pareja de hecho no genera automáticamente un régimen económico matrimonial como gananciales o separación de bienes. Tampoco debe darse por supuesto que el miembro superviviente tendrá exactamente los mismos derechos hereditarios civiles que un cónyuge.

Por este motivo, elegir entre matrimonio y pareja de hecho no debería basarse únicamente en cuál parece más sencilla de constituir. Conviene valorar las consecuencias que puede tener para patrimonio, vivienda, hijos, herencia y protección económica futura.

¿Qué ocurre con los hijos de una pareja de hecho?

Los derechos y obligaciones de los progenitores respecto de sus hijos no dependen de que hayan contraído matrimonio.

Si una pareja de hecho con hijos rompe su convivencia, puede ser necesario establecer la guarda y custodia de los hijos y determinar cómo se organizará su convivencia cotidiana.

También deberán regularse, cuando corresponda, las responsabilidades relacionadas con la patria potestad, que afecta a decisiones relevantes sobre educación, salud, residencia y otras cuestiones importantes de los menores.

La ruptura tampoco elimina la obligación de ambos progenitores de contribuir a las necesidades de sus hijos. Dependiendo de las circunstancias puede resultar necesario establecer una pensión de alimentos.

Cuando la convivencia habitual se atribuye principalmente a uno de los progenitores también puede ser necesario definir un régimen de visitas y estancias con el otro.

Convenio regulador para parejas de hecho con hijos

Aunque no exista un divorcio porque los progenitores nunca estuvieron casados, es posible establecer de común acuerdo las medidas paternofiliales que deberán aplicarse después de la ruptura.

Estas medidas pueden recogerse en un convenio regulador de medidas paternofiliales, incluyendo cuestiones como custodia, alimentos, vacaciones, gastos extraordinarios y relaciones con los hijos.

Formalizar correctamente el acuerdo proporciona seguridad jurídica y evita depender exclusivamente de pactos verbales que posteriormente pueden ser interpretados de forma diferente.

¿Cómo se reparten los bienes de una pareja de hecho?

Otra diferencia importante respecto del matrimonio es que la pareja de hecho no queda automáticamente sometida a una sociedad de gananciales.

Si una pareja compra conjuntamente una vivienda, vehículo u otro bien, habrá que comprobar la titularidad, porcentajes de propiedad, aportaciones realizadas, préstamos pendientes y posibles pactos existentes.

Por este motivo, la ruptura puede requerir analizar la copropiedad de determinados activos aunque no exista una sociedad matrimonial que liquidar. Esta situación debe distinguirse de la liquidación del régimen económico matrimonial propia de quienes sí estuvieron casados bajo determinados regímenes.

¿Qué ocurre con la vivienda común?

Si ambos son propietarios de una vivienda, la ruptura sentimental no modifica automáticamente los porcentajes de titularidad que consten jurídicamente.

Los miembros de la pareja pueden acordar que uno adquiera la participación del otro, vender la vivienda y repartir el resultado o estudiar otras alternativas.

Si existe una hipoteca, debe diferenciarse nuevamente propiedad y deuda. Que una persona abandone la vivienda o acuerde que la otra continúe pagando el préstamo no significa necesariamente que deje de ser deudora frente a la entidad bancaria.

¿Existe pensión compensatoria en las parejas de hecho?

La pensión compensatoria regulada por el artículo 97 del Código Civil está vinculada a la separación o divorcio entre cónyuges y no se aplica automáticamente a una ruptura de pareja de hecho.

Esto no significa que nunca pueda existir una reclamación económica entre antiguos convivientes. Pueden ser relevantes los pactos existentes, la titularidad de los bienes, aportaciones realizadas y otras circunstancias, pero deberá estudiarse cuál es la vía jurídica aplicable en cada caso.

Por este motivo resulta especialmente recomendable regular por escrito determinadas cuestiones económicas cuando existe una convivencia prolongada, inversiones conjuntas o una importante diferencia en las aportaciones de cada miembro.

¿Una pareja de hecho puede adoptar conjuntamente?

Sí. El Código Civil permite que una adopción sea realizada conjuntamente por ambos cónyuges o por una pareja unida por una relación de afectividad análoga a la conyugal cuando se cumplan los requisitos establecidos.

Por tanto, no es correcto afirmar de manera general que una pareja de hecho tenga jurídicamente prohibida o necesariamente mucho más difícil una adopción conjunta por el simple hecho de no estar casada.

Pareja de hecho y declaración de la renta

En el IRPF los integrantes de una pareja de hecho no pueden presentar una declaración conjunta como si fueran cónyuges.

Cuando existen hijos, las reglas sobre unidad familiar permiten determinadas opciones a uno de los progenitores en los supuestos previstos legalmente, pero la pareja de hecho completa no constituye una unidad familiar conjunta equivalente a la formada por dos cónyuges y sus hijos.

Esta diferencia fiscal debe distinguirse de otros impuestos autonómicos en los que una unión formalizada puede recibir un tratamiento específico.

Pareja de hecho y herencia

Este es uno de los aspectos en los que resulta especialmente peligroso considerar automáticamente iguales matrimonio y pareja de hecho.

La regulación civil valenciana que equiparaba al conviviente superviviente con el cónyuge en materia sucesoria fue declarada inconstitucional. Por tanto, no debe darse por supuesto que una persona vaya a heredar automáticamente de su pareja simplemente por estar inscrita como pareja de hecho.

Si se desea proteger al miembro superviviente resulta especialmente importante analizar la conveniencia de otorgar testamento y organizar adecuadamente la planificación sucesoria, respetando en todo caso los derechos que correspondan a los herederos forzosos.

Debe distinguirse además el derecho civil a heredar de la tributación de la herencia. En la Comunitat Valenciana existen reglas fiscales que asimilan determinadas parejas de hecho formalizadas a los cónyuges a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

¿Tiene una pareja de hecho derecho a pensión de viudedad?

Una pareja de hecho puede tener derecho a pensión de viudedad cuando se cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social.

Para fallecimientos posteriores al 31 de diciembre de 2021, la Seguridad Social exige con carácter general que la pareja esté inscrita en un registro específico o constituida mediante documento público con una antelación mínima de dos años respecto del fallecimiento.

También se exige una convivencia estable y notoria inmediatamente anterior al fallecimiento de al menos cinco años. Sin embargo, este requisito de cinco años de convivencia no se exige cuando existen hijos comunes.

Ya no debe mantenerse en esta página la antigua afirmación de que el superviviente necesariamente tiene que acreditar unos ingresos inferiores a determinado límite como requisito general para los fallecimientos actuales.

Permiso laboral por hacerse pareja de hecho

Actualmente el Estatuto de los Trabajadores reconoce un permiso retribuido de quince días naturales por registro de pareja de hecho, equiparándolo en este aspecto al permiso previsto por matrimonio.

También existen otros derechos laborales en los que la normativa contempla expresamente a la pareja de hecho, por ejemplo en determinados permisos relacionados con hospitalización, enfermedad grave o fallecimiento.

Las condiciones concretas pueden mejorarse mediante convenio colectivo, por lo que conviene revisar también la normativa laboral aplicable a cada trabajador.

¿Cómo se disuelve una pareja de hecho en Castellón?

La ruptura de una pareja de hecho no requiere tramitar un divorcio, porque no existe vínculo matrimonial que disolver.

Cuando la unión está inscrita en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana debe tramitarse, cuando corresponda, la cancelación de la inscripción.

La Generalitat contempla actualmente diferentes causas de cancelación, entre ellas el acuerdo de ambos miembros, la voluntad unilateral de uno de ellos, el fallecimiento, el matrimonio de cualquiera de los integrantes, el cese efectivo injustificado de la convivencia durante al menos tres meses o el traslado definitivo del domicilio habitual fuera de la Comunitat Valenciana, además de otros supuestos previstos legalmente.

Por tanto, tampoco debe mantenerse la antigua referencia a un plazo general de seis meses de cese de convivencia.

¿Puede uno solo solicitar la baja de la pareja de hecho?

Sí. La cancelación no exige necesariamente que ambos miembros quieran continuar o terminar la unión de común acuerdo.

El procedimiento administrativo admite la declaración de voluntad de cualquiera de los integrantes como una de las causas para solicitar la cancelación, cumpliendo los requisitos establecidos para su tramitación.

Esto es diferente de las cuestiones patrimoniales o relativas a los hijos. Cancelar la inscripción no resuelve automáticamente quién debe quedarse una vivienda, cuánto debe contribuir cada progenitor a los hijos o cómo deben organizarse las estancias.

Ruptura de pareja de hecho con hijos

Cuando existen hijos, finalizar la inscripción de la pareja y regular las relaciones paternofiliales son cuestiones distintas.

Será necesario comprobar qué medidas existen sobre custodia, alimentos, visitas y responsabilidades parentales. Si ya fueron establecidas anteriormente y posteriormente cambian de forma relevante las circunstancias, puede ser necesario estudiar una modificación de medidas.

La protección y obligaciones respecto de los hijos son independientes de que sus padres estuvieran casados, inscritos como pareja de hecho o simplemente convivieran sin formalizar su relación.

Abogado de parejas de hecho en Castellón

Formalizar o poner fin a una pareja de hecho puede parecer un trámite sencillo, pero sus consecuencias dependen de las circunstancias concretas de cada pareja.

En nuestro despacho podemos asesorarle sobre constitución y disolución de parejas de hecho en Castellón, así como sobre los problemas derivados de la ruptura: hijos, vivienda, bienes comunes, deudas, acuerdos económicos y otras cuestiones familiares.

También podemos revisar su situación antes de formalizar la unión para explicarle qué diferencias existen respecto del matrimonio y qué medidas pueden ser convenientes para proteger adecuadamente los intereses de ambos miembros.

Contacte con nuestro despacho por teléfono o mediante nuestra consulta online. Explíquenos brevemente su situación y le informaremos de los trámites que pueden ser necesarios y del presupuesto correspondiente.

Preguntas frecuentes sobre parejas de hecho

¿Es obligatorio ir al notario para hacerse pareja de hecho?

No necesariamente. En la Comunitat Valenciana la formalización puede realizarse mediante la declaración ante el Registro o mediante un documento público que posteriormente sea inscrito. La inscripción registral tiene carácter constitutivo.

¿Cuánto tiempo hay que convivir para registrarse como pareja de hecho en Castellón?

El procedimiento valenciano exige acreditar convivencia en una relación de afectividad análoga a la conyugal y actualmente se acredita mediante empadronamiento común en la Comunitat Valenciana. No debe confundirse este requisito de inscripción con los periodos de convivencia que pueden exigirse para otros derechos, como la pensión de viudedad.

¿Pareja de hecho y matrimonio tienen los mismos derechos?

No. Existen ámbitos en los que reciben tratamientos similares y otros en los que las consecuencias son diferentes, especialmente en materia sucesoria, económica y fiscal.

¿Tenemos que hacer algo con los hijos al separarnos?

Cuando existen hijos comunes conviene formalizar las medidas relativas a custodia, alimentos, patria potestad y estancias, independientemente de que los progenitores hayan estado casados.

¿Tengo derecho a la mitad de la casa de mi pareja?

No por el simple hecho de haber sido pareja de hecho. Será necesario comprobar quién figura como propietario, los porcentajes de titularidad, las aportaciones realizadas, los pactos existentes y las demás circunstancias del inmueble.

¿Puedo cobrar pensión de viudedad siendo pareja de hecho?

Sí, cuando se cumplan los requisitos de constitución, convivencia, cotización y demás condiciones establecidas por la Seguridad Social. Conviene comprobarlos individualmente porque no basta únicamente con convivir.

¿Puedo cancelar la pareja de hecho aunque mi pareja no quiera?

Sí. La normativa valenciana contempla la voluntad unilateral de cualquiera de los integrantes como una de las causas que permiten solicitar la cancelación de la unión formalizada.

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