Convenio Regulador

Convenio regulador

En el momento que se produce una disolución matrimonial y en función de la relación que ambos cónyuges tengan, dando o no su conformidad en la decisión de separarse, el divorcio podrá ser llevado por la vía contenciosa o vía del mutuo acuerdo (amistoso).

En el caso de que ambas partes de la pareja lleguen a un acuerdo sobre los términos de divorcio se optará por la vía de mutuo acuerdo, donde todas las decisiones y acuerdos tomados por consenso quedarán reflejados por escrito en un documento llamado Convenio Regulador.

Contacte con nuestro despacho de abogados experto en divorcios Castellón, donde le asesoraremos y ayudaremos a redactar la demanda de divorcio y contenido del Convenio Regulador para presentarla ante el Juez.

Qué es el convenio regulador

El Convenio Regulado es un contrato en el que quedan recopilados todos los acuerdos a los que han llegado ambas partes del matrimonio o parejas en trámite de separación o divorcio de mutuo acuerdo y que regulan las consecuencias personales patrimoniales del procedimiento correspondiente.

El Convenio Regulador sólo es formulado ante una separación o divorcio mutuo acuerdo o de manera amistosa, ya que en caso de tratarse de un divorcio o separación contenciosa es el Juez o Jueza quien fija en su sentencia la regulación que proceda en cada caso.

Este documento engloba varios puntos a cumplir tras la disolución o ruptura de pareja como: guarda y custodio de los hijos, régimen de visitas, pensión de alimentos, reparto de bienes que se tengan en común, pensión compensatoria, entre otros.

El contenido del Convenio Regulador pactado por ambos cónyuges es de obligado cumplimiento y es por ello que sea tan importante. Determina una serie de derechos y obligaciones a cumplir a largo plazo por lo que se aconseja sea redactado bajo la mirada de un abogado experto en Derecho de Familia.

El convenio regulador ha de ser aprobado por el juez o bien por notario en caso de divorcio Express, estando sometido a un cierto control para:

  • Tratar de salvaguardar los derechos de los dos cónyuges, ya que el juez no aprobará un convenio que perjudique a una de los dos partes.
  • En el caso de que el matrimonio tenga hijos menores se precisa la intervención del Ministerio Fiscal, que protegerá el interés del menor prevaleciendo al de sus progenitores.

Para más información no dude contactar con nuestros abogados con amplia experiencia en Derecho de Familia donde analizaremos sus opciones acorde a su situación, recomendándole la mejor manera de actuar.

Medidas que se incluyen en el Convenio Regulador

Este documento incluirá varios tipos de medidas:

  • Medidas personales:
    • Cuidado de los hijos sujetos a patria potestad (derechos y obligaciones que todo padre tiene sobre los hijos por el mero hecho de ser padre o madre).
    • Guarda y custodia de los hijos.
    • Régimen de visitas de los hijos con el progenitor con el que no convivan. Se regularán los fines de semana, entre semana, vacaciones.
    • Derecho de los abuelos, hermanos y tíos a un régimen de visitas con los menores para que dicha relación permanezca y no llegue a desaparecer.
  • Medidas personales:
    • Se determinará quién hará uso de la vivienda familiar tras la disolución del matrimonio.
    • Distribución equitativa de tiempo para estar en compañía de la madre y/o padre.
    • Distribución de responsabilidades de cuidado de los menores (alimentos, ropa, actividades escolares, visitas al médico…).
    • Cargas asociadas al cuidado de las mascotas ya que son considerados como miembros de la familia.
  • Medidas patrimoniales:
    • Pensión de alimentos para el sustento, vestido, asistencia médica.
    • Liquidación del régimen matrimonial.
    • Pensión compensatoria a favor del cónyuge que tras el divorcio se vea empeorada su situación económica con respecto a la que tenía durante el matrimonio.

Una vez redactada la demanda de divorcio y el contenido del convenio regulador ya se podrá ir ante el Juez para la ratificación judicial.

Es importante saber que en caso de no estar casados y no ser matrimonio, también puede hacerse un convenio regulador:

  • Convenio Regulador de Medidas Paterno-Filiales, aplicable a parejas con hijos en común.
  • Convenio Regulador de extinción de parejas de hecho, aplicable a aquellas parejas que se hallan inscritas como pareja de hecho, tengan o no tengan hijos y que vayan a separarse.

Aunque el Convenio Regulador ha de ser aprobado judicialmente, ante el incumplimiento de alguna de las condiciones acordadas por alguna de las partes puede acudirse ante el juez a reclamar y modificar el documento por el correspondiente procedimiento de modificación de medidas.

A excepción de que sufra algún tipo de modificación o fallezca una de las partes firmante, el documento mantendrá su vigencia de manera indefinida.

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