Pensión de Alimentos

Pensión de Alimentos

La pensión de alimentos es una medida que se toma en un proceso de divorcio en el que el matrimonio tiene hijos en común con el objetivo de que el padre o madre que no tenga la custodia, participe igual en todo lo que implica el desarrollo y el crecimiento de los hijos.

Con esta pensión de alimentos se pueden dar dos casos, el primero es que los progenitores se pongan de acuerdo con la cantidad de la pensión y esta medida quede reflejada en el convenio regulador.

Otra posibilidad puede ser que los miembros de la pareja no consigan ponerse de acuerdo en nada y sea un juez el que tome la decisión final. Para establecer la cantidad de la pensión de alimentos el juez tendrá en cuenta el nivel económico de los dos progenitores, el número de hijos, su edad…

Sea cual sea la decisión tendrá que cumplirse y el progenitor que no tenga la custodia colaborar económicamente en todo lo que se entienda que es para el desarrollo y crecimiento del hijo, su educación, actividades que tengan que costearse, gastos médicos…

Si en un momento determinado hay un imprevisto y un gasto que no estaba planeado, habrá que decidir quién de los dos progenitores se hace cargo, o si lo hacen ambos.

Si usted es el progenitor no custodio y no está de acuerdo con la cantidad que se ha impuesto, o lo contrario cree que no es suficiente, puede acudirse ante el juez para reclamar y volver a revisar el caso, también dado el caso puede intervenir el Ministerio Fiscal.

Si tiene dudas o necesita asesoramiento profesional en todo lo relativo a su divorcio, los pasos que debe realizar o qué puede hacer si no está de acuerdo con alguna decisión que haya tomado el juez, puede contar con nosotros, le esperamos.